Fecha de actualización: 30 de septiembre de 2016
De
conformidad con lo dispuesto por los Artículos 45º en su fracción III de la Ley
Orgánica de la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez y su correlativo 5º en su
fracción VII del Reglamento de Ingresos Propios de la Universidad Autónoma de
Ciudad Juárez, solo es aplicable el rubro correspondiente al procedimiento
administrativo relativo a licencias, asimismo, en la actualidad esta Institución
Educativa no cuenta con ningún trámite en relación a la explotación de dicho
procedimiento, en consecuencia, no se obtienen recursos por ese
concepto.​​​​​​
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